Sala Político-Administrativa · Sentencia N.º 00889
Constituirse como compañía anónima no convierte en mercantil el ingreso de una profesión liberal
- Fecha
- 02 de agosto de 2017
- Expediente
- 2013-0427
- Ponente
- María Carolina Ameliach Villarroel
Criterio
Una sociedad que presta servicios médicos a través de un cuerpo de profesionales no queda automáticamente sujeta al impuesto sobre actividades económicas (ISAE) por estar constituida como compañía anónima: corresponde a la Administración Municipal probar que la empresa desvió su objeto civil hacia una actividad mercantil real.
El Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui pretendió cobrar el impuesto sobre actividades económicas (ISAE) al Instituto Diagnóstico Venecia, C.A., una sociedad cuyo objeto social es la prestación de servicios médicos —diagnóstico y tratamiento mediante exámenes radiológicos—, alegando que, al estar constituida como compañía anónima, su naturaleza es necesariamente mercantil.
La Sala Político-Administrativa, sin lugar la apelación del Fisco Municipal, confirmó que no opera automáticamente la presunción de mercantilidad por la sola forma societaria. El criterio: cuando la Administración pretende gravar como actividad mercantil lo que en esencia es el ejercicio de una profesión liberal —en este caso la medicina, a través de un cuerpo de profesionales—, le corresponde a ella probar que la empresa desvió su objeto civil hacia negocios que excedan ese ámbito y generen sus ingresos principales por vía comercial. Gravar el honorario profesional derivado del ejercicio de la medicina equivale a gravar un ingreso de naturaleza civil, aunque el vehículo societario adopte la forma de compañía anónima.