Tributario

Los servicios de salud prestados por las sociedades mercantiles «clínicas e instituciones privadas» y su no sujeción al Impuesto sobre las Actividades Económicas

Publicado en la Revista de la Facultad de Derecho de la UCAB (N° 75, 2020-2021, pp. 339-365). Sostiene la no sujeción al Impuesto sobre Actividades Económicas (ISAE) de los servici…

Compartir in

Artículo publicado en la Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello, N° 75, 2020-2021, pp. 339-365. ISSN 2790-5152.

Resumen

El trabajo demuestra la no sujeción al Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de índole similar (ISAE) de los servicios de salud prestados por las clínicas e instituciones privadas, por no estar revestidas de carácter mercantil las actividades económicas que desarrollan — condición necesaria para configurar el hecho imponible y originar el nacimiento de la obligación tributaria.

El argumento central

La actividad económica se desdobla en: a) actividad comercial o mercantil y b) actividad no mercantil o civil. Solo las primeras son gravables por el ISAE. De allí la premisa que vertebra el estudio: «toda actividad lucrativa constituye una actividad económica, pero no toda actividad económica constituye un hecho imponible del ISAE».

Los ingresos derivados de actividades de naturaleza esencialmente civil —educación, honorarios de las profesiones liberales (abogados, contadores, ingenieros, médicos), y los servicios de salud prestados por clínicas e instituciones privadas— no configuran el hecho imponible del ISAE, por estar regidos por la Constitución y las leyes especiales del ejercicio profesional, y no por la legislación mercantil.

Conclusión

Al no ser mercantil la actividad de prestación de servicios de salud, los ingresos que de ella derivan quedan fuera del ámbito de gravamen del ISAE municipal — criterio de defensa relevante frente a reparos municipales dirigidos a clínicas e instituciones privadas.

Acceso al texto completo

Compartir en X Compartir en X
Compartir en Instagram
Julio César Díaz Valdez
Sobre el autor

Julio César Díaz Valdez

Abogado, especialista en Derecho Procesal y magíster en Filosofía por la UCAB. Profesor universitario.

WhatsApp