Tributario Doctrina

Sala Político-Administrativa · Sentencia N.º 00587

El acta de cobro debe indicar el acto determinativo previo; de lo contrario es nula por inmotivación

Fecha
23 de julio de 2025
Expediente
2023-0151
Ponente
Malaquías Gil Rodríguez
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Criterio

El acta de cobro o intimación es un acto preparatorio de la vía ejecutiva, en principio inimpugnable, salvo que implique una nueva determinación tributaria. Para ser válida debe reflejar el acto determinativo previo y firme del que deriva la deuda; si no lo indica, es nula por inmotivación y viola el derecho a la defensa.

El SENIAT dictó contra Express Internacional, C.A. un Acta de Cobro por más de Bs. 766 millones en concepto de multas, sin indicar el acto administrativo previo que determinó esas sanciones.

La Sala Político-Administrativa declaró sin lugar la apelación del Fisco y confirmó la nulidad del acta. Los criterios (reiterando, entre otras, Sakura Motors 01939/2007): el acta de cobro o intimación es, por regla, un acto de gestión extrajudicial preparatorio de la vía ejecutiva, inimpugnable, porque solo concreta el cobro de obligaciones previamente determinadas y firmes; excepcionalmente sí es recurrible cuando la Administración va más allá y exige una nueva determinación o accesorios desconocidos por el contribuyente. Y para ser válida, el acta debe estar motivada: reflejar el acto determinativo previo y la discriminación de tributos, intereses y sanciones; la falta de indicación del origen de los montos genera inmotivación, indefensión y nulidad. La Sala reiteró además que la falta de consignación del expediente administrativo obra en contra del Fisco.

Doctrina del bufete sobre este tema

Tributario · Julio César Díaz Valdez · Publicado en Guayana Moderna (UCAB), N° 11, 2022 La sanción tributaria por retraso y las garantías (derechos) del contribuyente Tributario · Julio César Díaz Valdez · Publicado en Guayana Moderna (UCAB), Vol. 14, 2025 El cobro ejecutivo de obligaciones tributarias no exigibles: un paso de la autoridad de los principios al principio de la autoridad Tributario · Julio César Díaz Valdez LA IMPUTACION DE PAGOS EN MATERIA TRIBUTARIA

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