Tributario

La mala praxis de la actividad administrativa tributaria y el principio de seguridad jurídica como expresión del Derecho

Publicado en la Revista Venezolana de Derecho Mercantil (RVDM, N° 11, 2023, pp. 375-395). Analiza cómo la Administración Tributaria ejerce con frecuencia sus funciones de recaudaci…

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Artículo publicado en la Revista Venezolana de Derecho Mercantil (RVDM), órgano de la Sociedad Venezolana de Derecho Mercantil (SOVEDEM), N° 11, 2023, pp. 375-395.

Resumen

El trabajo analiza la praxis de la actividad administrativa tributaria y el principio de seguridad jurídica en diversos procedimientos y trámites administrativos, poniendo de relieve la brecha entre el marco constitucional y la práctica material de la Administración.

Consideraciones finales

El estudio demuestra que, en Venezuela, la Administración Tributaria muchas veces ejerce las funciones de recaudación y control de las obligaciones tributarias sin la debida previsión legal, erigiéndose como una «relación de poder» y no como una «relación de derechos» — lo que vicia sus actos y los torna arbitrarios.

En un Estado de Derecho y de Justicia, tanto el contribuyente como la Administración están sometidos a la ley y deben cumplir cabalmente sus obligaciones en el marco de los procedimientos administrativos establecidos. Aunque la Constitución consagra el debido proceso y el derecho a la defensa (art. 49) y somete a control jurisdiccional todo acto administrativo (art. 259), en el plano material la Administración Tributaria realiza actos arbitrarios para recaudar y controlar — y no todos los contribuyentes pueden o quieren ejercer los medios de defensa disponibles (por razones económicas, de tiempo o de celeridad). De allí la necesidad de instituciones públicas efectivas que garanticen la seguridad jurídica como genuina expresión del Derecho.

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Julio César Díaz Valdez
Sobre el autor

Julio César Díaz Valdez

Abogado, especialista en Derecho Procesal y magíster en Filosofía por la UCAB. Profesor universitario.

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