Tributario Doctrina

Sala Político-Administrativa · Sentencia N.º 00266

En la determinación de ISLR sobre base presuntiva, el contribuyente tiene derecho a deducir los costos y gastos asociados a los ingresos determinados

Fecha
14 de julio de 2022
Expediente
2017-0046
Ponente
Juan Carlos Hidalgo Pandares
Partes
Casablanca Distributors C.A. vs. SENIAT
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Criterio

En la determinación de ISLR sobre base presuntiva (determinación de oficio), los depósitos bancarios no justificados por el contribuyente constituyen enriquecimiento neto gravable. Sin embargo, la Administración Tributaria no puede asumir que el ingreso presunto equivale al beneficio neto sin costos: el contribuyente tiene derecho a deducir los costos y gastos demostrados asociados a esos ingresos. La Sala ordenó una nueva determinación que tome en cuenta las deducciones procedentes.

El SENIAT fiscalizó a Casablanca Distributors C.A. en materia de ISLR para el ejercicio 2006. Al constatar que la empresa no había presentado declaración de rentas y que en sus cuentas bancarias se acreditaron fondos cuyo origen no fue justificado, la Administración procedió a la determinación de oficio sobre base presuntiva, tomando esos depósitos como enriquecimiento neto gravable (Bs. 1.173.536,60) sin reconocer costo o gasto alguno. El Tribunal Superior Noveno declaró con lugar el RCT, el Fisco apeló.

La Sala Político-Administrativa, en segunda instancia, declaró parcialmente con lugar el recurso bajo los siguientes criterios:

  1. Validez de la base presuntiva por depósitos no justificados: La fiscalización —a través de cruces de información con entidades bancarias— determinó abonos en la cuenta corporativa de la empresa que el contribuyente no pudo explicar ni vincular a operaciones específicas, por lo que la Administración actuó conforme al artículo 131 del COT al calificarlos como ingresos gravables. Este extremo quedó firme.

  2. Derecho a deducir costos y gastos: Aun cuando la determinación se haga sobre base presuntiva, el principio de capacidad contributiva impide que la Administración asuma que el ingreso bruto determinado equivale al enriquecimiento neto. El contribuyente que demuestre costos y gastos asociados a esos ingresos tiene derecho a su deducción. La Sala anuló la parte de la resolución que desconocía cualquier deducción y ordenó al SENIAT realizar una nueva determinación de la obligación tributaria e intereses, computando los costos y gastos acreditados.

  3. Intereses moratorios: Se causan desde el vencimiento del plazo legal para declarar y pagar, independientemente de los recursos interpuestos, conforme al artículo 66 del COT de 2001 (aplicable ratione temporis).

Doctrina del bufete sobre este tema

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