Tributario Doctrina

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana (competencia Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro) · Sentencia N.º PJ0662009000134

Recurribilidad de la notificación de calificación como contribuyente especial (Chalbraven – instancia)

Fecha
12 de noviembre de 2019
Expediente
FP02-U-2007-000143
Ponente
Abg. Yelitza C. Valero R. (Jueza Superior Provisoria)
Partes
Importaciones y Exportaciones Chalbraven, C.A. (recurrente, representada por los Abgs. Susana Caraballo y Humberto Rivas) vs. Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) – Gerencia Regional de Tributos Internos Región Guayana
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Criterio

Se declara con lugar el recurso. Se revoca la Resolución que declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto contra la notificación de calificación como contribuyente especial. Dicha notificación es un acto administrativo de efectos particulares recurrible. Se ordena a la Administración conocer el fondo del recurso jerárquico.

El Tribunal establece que la notificación de designación como contribuyente especial constituye un acto administrativo de efectos particulares, susceptible de impugnación tanto en vía administrativa como contencioso-tributaria. Revoca la inadmisibilidad declarada por la Administración y ordena conocer el fondo del recurso jerárquico, resguardando los derechos a la defensa, al debido proceso y a la igualdad. Esta decisión fue posteriormente confirmada por la Sala Político-Administrativa del TSJ (sentencia 01202 del 04/10/2011).

Doctrina del bufete sobre este tema

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